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ID 22767693
Una vez excluido del registro, ¿se podrá solicitar una nueva solicitud?
05/03/2018 12:00:00 a.m.

Regularizadas las causales que motivaron la exclusión, se podrá formalizar una nueva solicitud de inscripción.

Cuando se trate de las causales indicadas a continuación, dicha solicitud sólo podrá efectuarse luego de transcurridos 12 meses corridos, contados a partir del día siguiente, en que la exclusión fue publicada en el sitio "web" de esta Administración Federal.

- Detección de documentación o, en su caso su contenido, que resulten apócrifos, falsos o adulterados.

- Detección de representantes, autorizados o apoderados inexistentes y/ó utilización de interpósita persona.

- Omisión de ingreso de retenciones practicadas y/ó percepciones efectuadas por lo que estuviese alcanzado.

- Carencia de registros de compras o de ventas, o incongruencia de éstos con comprobantes respaldatorios y/ó con las declaraciones juradas presentadas.


Fuente: Art.15 RG 4199/18



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