ID 23072994 ¿En qué casos no resulta procedente la cancelación la deuda utilizando los fondos embargados?
19/07/2018 12:00:00 a.m.
La dación de pago no será procedente cuando el embargo se haya efectivizado sobre monedas extranjeras, títulos públicos, acciones, plazos fijos pendientes de vencimiento o cajas de seguridad.