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ID 23107827
Evento 4182 - ¿Qué sujetos quedan excluidos?
09/01/0219 12:00:00 a.m.

Se encuentran excluidos los sujetos procesados:

a) por los delitos previstos en el Código aduanero, en la Ley penal tributaria o el Régimen penal tributario (Ley 24.769 o Título IX de la Ley 27.430), según corresponda, siempre que se haya dictado el correspondiente auto de elevación a juicio, ó

b) por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, incluidas las personas jurídicas cuyos directivos se encuentren procesados por los mencionados delitos comunes.


Fuente: Art. 4 RG 4289/18



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