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ID 23134464
¿Cómo se demuestra el valor recuperable? ¿Es obligatorio contar con una valuación para demostrarlo?
22/09/2021 05:01:41 p.m.


La normativa vigente no prevé taxativamente la obligación de contar con una valuación para demostrar el valor recuperable, no obstante lo cual debe tener en cuenta que el impuesto creado por el Capítulo I del Título X se regirá por las disposiciones de la Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y, por ende, se halla sujeto a verificación en el marco de las facultades deferidas al Organismo por dicha ley.



Fuente: AFIP



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