AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 23327070
Ante la vigencia del SISA, ¿cómo se deberán ingresar las retenciones practicadas y determinar los reintegros pendientes al 30/11/2018?
22/11/2018 12:00:00 a.m.

Los importes de las retenciones practicadas por pagos realizados hasta el día anterior al de la entrada en vigencia del SISA (01/12/2018), por aplicación de las disposiciones de la RG 2300/07, deberán ser ingresadas de acuerdo con las formas, plazos y demás condiciones establecidos en la misma.

Los importes de los reintegros pendientes de aprobación o de acreditación por parte de esta Administración Federal correspondientes a las operaciones liquidadas con anterioridad al 01/12/2018, se determinarán conforme a lo dispuesto por la RG 2300/07. La correspondencia del reintegro sistémico será determinada por la calificación en el SISA vigente al momento del pago, excepto para las retenciones sufridas durante el período de suspensión aplicada por controles sistémicos formales.


Fuente: Art. 80 RG 4310/18



Novedades