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ID 23378295
¿Quiénes son pasibles de la retención?
28/09/2018 12:00:00 a.m.

Son pasibles de retención las personas humanas, sucesiones indivisas, empresas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas de carácter público o privado que revistan en el gravamen la calidad de responsables inscriptos.

Quedan incluidos quienes, revistiendo la calidad de uniones transitorias de empresas, agrupamientos de colaboración empresaria, consorcios, asociaciones sin existencia legal como personas jurídicas, agrupamientos no societarios o cualquier otro ente individual o colectivo, se encuentren alcanzados por el impuesto al valor agregado.


Fuente: Art. 42 RG 4310/18



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