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ID 23394687
¿Cómo deben proceder los exportadores para solicitar la compensación?
03/12/2018 12:00:00 a.m.

El monto total correspondiente a la suma de los importes de las retenciones practicadas por los exportadores, podrá ser compensado con el monto del impuesto al valor agregado facturado por el cual formulen las solicitudes de reintegro hasta el mes, inclusive, en que opere el vencimiento para el ingreso de las mencionadas retenciones. Para ello, los responsables deberán solicitar la compensación mediante la utilización del programa aplicativo denominado Compensaciones y Volantes de Pagos, o mediante el servicio con clave fiscal "Sistema de Cuentas Tributarias" opción > Transacciones > Compensación.

Utilizando el programa aplicativo APLICATIVO SICORE, en el campo "Operaciones del período anterior a ser compensadas en el período actual", el responsable informará el monto de las operaciones, que pretende compensar. Este importe, deberá ser menor o igual al valor mostrado, en la declaración jurada del período fiscal anterior, en el campo "A FAVOR AFIP - Operaciones del período factibles de ser compensadas en la declaración jurada del período siguiente (DATO INFORMATIVO PARA EL CONTRIBUYENTE)."

La compensación mencionada no será de aplicación respecto de las retenciones practicadas a sujetos "INACTIVOS" en el "SISA"


Fuente: Art. 48 y Anexo III RG 4310/18



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