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ID 23632371
¿Cómo se ingresan las costas -excluidos los honorarios-?
14/03/2024 04:13:05 p.m.



El ingreso de las costas -excluido honorarios- se realizará y comunicará de la siguiente forma:

a) Si a la fecha de adhesión al régimen existiera liquidación firme de costas: dentro de los 10 días hábiles administrativos inmediatos posteriores a la citada fecha, e informado dentro de los 5 días hábiles administrativos de realizado dicho ingreso, mediante nota (F.206 - Multinota), presentada ante la dependencia correspondiente de este Organismo.

b) Si no existiera a la fecha aludida en el inciso anterior liquidación firme de costas: dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la fecha en que quede firme la liquidación judicial o administrativa, debiendo informarse dicho ingreso dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos de haberse producido el mismo mediante nota (F.206 - Multinota), a la dependencia interviniente de esta Administración Federal.

 



Fuente: Art. 21 RG 4341/18



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