ID 23792193 ¿Cuál es el procedimiento para rechazar el comprobante?
14/03/2024 10:12:49 a.m.
Las facturas de crédito electrónicas MiPyMEs sólo podrán ser rechazadas por algunas de las causales previstas en el Artículo 8° de la Ley 27.440. El plazo para efectuar dicho rechazo será de 21 días corridos desde su recepción en el Domicilio Fiscal Electrónico.
De existir comprobantes (notas de débito y/o crédito) vinculados a la Factura rechazada, emitidos previamente a su rechazo, seguirán el mismo destino.
Las notas de débito o de crédito podrán ser rechazadas de manera independiente de la factura considerando que la misma puede ser por otra parte aceptada/conformada.
Importante: El
plazo mencionado de 21 días corre desde el 1 de agosto de 2023 hasta
el 31 de octubre de 2024
Fuente: Resolución 9/2024 ME, Arts. 15 y 16 RG 4367/18, Art. 3 Resolución SSP - N 5/2019 y Resolución Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo N° 228/2023