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ID 24023730
¿Qué efectos produce la caducidad del plan?
08/01/2024 01:30:36 p.m.



Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-, este Organismo quedará habilitado para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos.

El saldo pendiente de las obligaciones adeudadas, que será el que surja de la imputación generada por el sistema, podrá visualizarse a través del servicio "MIS FACILIDADES", accediendo al "Detalle" del plan, opción -Impresiones-, mediante la utilización de la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.

 

 



Fuente: Art. 11 RG 4434/19



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