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ID 242358
¿Quiénes están obligados a informar nominativamente e ingresar las retenciones y/o percepciones mediante SICORE?
26/10/2012 12:00:00 a.m.

Se encuentran obligados los agentes de retención y/o percepción que deban actuar como tales, conforme a los regímenes que se indican en el Anexo III de la RG 2233/07.

Asimismo, están comprendidos, la información y el ingreso de los siguientes conceptos, cuando las normas específicas que los regulan así lo establezcan:

a) Ingresos sustitutos de retenciones, en carácter de regímenes excepcionales o especiales de ingreso, a cargo de los sujetos receptores de los importes de las rentas u operaciones, como beneficiarios de los pagos u otro carácter.

b) Ingresos a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones, por imposibilidad u omisión de la actuación que corresponde al respectivo agente de retención.


Fuente: Art. 1 RG 2233/07



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