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ID 24410991
¿Qué sucede con las retenciones practicadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la RG 4478/19 y resulten alcanzadas por el Impuesto Cedular, por ser atribuibles a ganancias devengadas en ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018?
17/05/2019 12:00:00 a.m.

Las mismas podrán informarse e ingresarse hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2019, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), según corresponda, informándolas en el período mayo de 2019, consignando como fecha de retención el 31 de mayo de 2019 y utilizando el respectivo código.


Fuente: Art. 11 RG 4478/19



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