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ID 24458118
¿Cómo deben emitirse las notas débito/crédito por anulación de comprobantes en el Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs?
12/07/2019 12:00:00 a.m.

Para la emisión de notas de débito o notas de crédito por anulación de comprobantes en el Régimen de Factura de Crédito MiPyMES debe tenerse en cuenta lo siguiente, según el tipo de situación que se trate:

Situación A

1) La Factura de Crédito Electrónica suma en la cuenta corriente.

2) El rechazo lleva la cuenta corriente a cero.

3) La nota de credito con la marca de anulación completa la acción de rechazo ingresada en el Registro de la factura de Crédito Electrónica.

Esta nota de crédito es la establecida por el artículo 16 de la RG 4367/18 donde prevé que los comprobantes rechazados deben ser además anulados con las respectivas notas de crédito/débito.

En tal sentido, la operación quedó anulada. No hay título valor.

Situación B

1) La Factura de Crédito Electrónica suma a la cuenta corriente

2) Se emite la nota de crédito, que por el monto resta y anula la Factura de Crédito Electrónica de manera previa a que se ingrese un rechazo en el Registro.

La nota de crédito no debe tener la marca de anulación, esto se validará sistémicamente.

En tal sentido, la operación quedó anulada. No hay título valor.


Fuente: AFIP (DI PYNF)



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