AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 249123
¿Cómo se debe proceder si se supera el parámetro de $2.000 antes de la finalización del semestre calendario?
22/12/2005 12:00:00 a.m.

Cuando en el transcurso de alguno de los meses del semestre calendario de que se trate se supere el valor de $ 2.000, los responsables deberán presentar la declaración jurada hasta el día que de acuerdo con la terminación de la CUIT, fije el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año calendario, del mes inmediato siguiente a aquél en que se produzca tal circunstancia.

Por los meses restantes del semestre calendario, y siempre que no se supere el mencionado parámetro, será de aplicación el régimen de determinación semestral.


Fuente: Art. 12 RG 2233/07



Novedades