ID 25240836 ¿Cómo deberán proceder los empleadores para registrarse y solicitar los beneficios?
11/04/2020 12:00:00 a.m.
Los empleadores, a los efectos de registrarse y solicitar los beneficios del "Programa ATP", deberán acceder con clave fiscal al servicio web denominado "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP" (nivel de seguridad 3).
Será requisito para acceder al sistema mencionado, poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la RG 4280/18.