ID 25443687 ¿Cómo se ingresan las costas, excluidos los honorarios?
18/05/2020 12:00:00 a.m.
El ingreso de las costas -excluidos los honorarios- se realizará y comunicará de la siguiente forma:
a) Si a la fecha de adhesión al régimen existiera liquidación firme de costas: dentro de los 10 días hábiles administrativos inmediatos posteriores a la citada fecha.
b) Si no existiera a la fecha aludida en el inciso anterior liquidación firme de costas: dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la fecha en que quede firme la liquidación judicial o administrativa.
En ambos supuestos, su ingreso deberá ser informado mediante el servicio con Clave Fiscal denominado "Presentaciones Digitales", seleccionando el trámite "Ejecuciones Fiscales. Presentaciones y comunicaciones varias".