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ID 25484667
¿Cuál es el plazo de adhesión?
04/01/2021 12:00:00 a.m.

La adhesión al presente régimen podrá efectuarse desde y hasta las fechas que se indican a continuación, según el período devengado que se regulariza:

- Devengado marzo de 2020: desde el 9 de junio y hasta el 31 de julio de 2020, inclusive.

- Devengado abril de 2020: desde el 1 de julio y hasta 31 de agosto de 2020, inclusive.

- Devengado mayo de 2020: desde el 1 de agosto y hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive.

- Devengado junio de 2020: desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2020, inclusive.

- Devengado julio de 2020: desde el 1 de octubre y hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive.

- Devengado agosto de 2020: desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.

- Devengado septiembre de 2020: desde el 1 de diciembre y hasta el 31 de enero de 2021, inclusive.

- Devengado octubre 2020: desde el 1 enero y hasta el 28 de febrero 2021, inclusive.

- Devengado noviembre 2020: desde el 1 de febrero hasta el 31 de marzo 2021, inclusive.

- Devengado diciembre 2020: desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril 2021, inclusive


Fuente: Art. 7 RG 4734/20, Art. 7 RG 4811/2020, Art. 7 RG 4833/20, Art. 7 RG 4854/20, Art. 7 RG 4871/20 y Art. 7 RG 4898/20



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