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ID 3284128
¿Qué sucede en el caso de que el intermediario no se encuentre inscripto en el "Registro"?
06/07/2006 12:00:00 a.m.

Los corredores, acopiadores-consignatarios, consignatarios y demás intermediarios que no se encuentren inscriptos en el "Registro" no podrán actuar como agentes de retención.

Con relación a los intermediarios -excepto corredores- indicados en el párrafo anterior no incluidos en dicho "Registro", la retención se determinará sobre el total de la factura o documento equivalente que respalda la operación. Cuando se trate de corredores no incorporados al mencionado "Registro" el adquirente practicará la mencionada retención al respectivo vendedor -atendiendo a su situación particular frente al presente régimen de retención- sin considerar el importe correspondiente a la participación del corredor.


Fuente: Art. 16 RG 2118/06



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