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ID 3389518
¿Cómo se genera el certificado de retención?
19/12/2017 12:00:00 a.m.

El "Certificado de Retención" podrá ser generado mediante el programa aplicativo o emitido en forma manual, con la prenumeración correspondiente a cada retención practicada, luego de consignar la información respectiva en el sistema.

En caso de emitirse con sistemas informáticos que utilice el agente, la prenumeración correspondiente a cada retención, será considerada como un número de registro de la información declarada.

La opción del párrafo anterior no es aplicable cuando se trate de certificados de retenciones de los respectivos regímenes de la seguridad social y del "Impuesto a las Ganancias - Beneficiarios del Exterior", los que deberán emitirse -exclusivamente- mediante la utilización del servicio con clave fiscal "Sistema Integrado Retenciones Electrónicas - SIRE".


Fuente: Art. 8 RG 2233/07 y Arts. 1 y 3 RG 3726/15



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