ID 397840 En el caso de realizarse un pago global por la locación de un inmueble rural, ¿cuál es el monto no sujeto a retención que se debe considerar?
05/01/2006 12:00:00 a.m.
Cuando se paguen sumas correspondientes a locaciones de inmuebles rurales que comprendan más de un período mensual, la suma a retener se determinará deduciendo como importe no sujeto a retención, un mínimo por cada mes calendario o fracción pagado.