ID 445160 ¿Cómo deben informarse e ingresar las percepciones practicadas?
02/05/2024 10:25:03 a.m.
Los
agentes de percepción, deberán informar nominativamente las
percepciones practicadas en el curso de cada mes calendario, e
ingresar el saldo resultante de la declaración jurada, de acuerdo
con la terminación de la CUIT, fije el cronograma de vencimientos
que se establezca para cada año calendario.
A
partir del 1 de noviembre de 2021 inclusive, podrá ser notificada la
obligatoriedad del uso del Sistema
Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) al Domicilio Fiscal Electrónico, con efectos a partir del primer día
del tercer mes posterior al de recibida la misma.
Desde
las fechas de utilización obligatoria o
de ejercicio de la opción no serán aplicables, con excepción de las presentaciones
originarias o rectificativas correspondientes a los períodos
anteriores a la fecha aludida, el programa aplicativo “SICORE -
SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES” en su versión vigente.