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ID 448971
¿Cuál es la base de cálculo y cuáles son las alícuotas aplicables?
25/10/2005 12:00:00 a.m.

El importe de la percepción a practicar se determinará aplicando, sobre el precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente, la alícuota del 3% o del 1,50%, cuando se trate de operaciones de venta de cosas muebles, locaciones de obras o locaciones y prestaciones de servicios, que se encuentren gravadas con una alícuota equivalente al 50% de la alícuota general.


Fuente: Art. 2 RG 2408/08



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