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ID 507253
¿Quiénes son sujetos pasibles de la retención?
07/01/2010 12:00:00 a.m.

Son sujetos pasibles de retención los vendedores, locadores o prestadores, siempre que:


a. Revistan el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, o
b. No acrediten su calidad de responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados, en el impuesto al valor agregado o de pequeños contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado.

c. Se encuentren incluidos en la nómina publicada por este Organismo a que se refiere el inciso d) del Artículo 2º de la RG N° 2854/10.

Los sujetos mencionados quedan obligados a informar a sus agentes de retención, el carácter que revisten con relación al impuesto al valor agregado o su condición de inscriptos en el Monotributo.

La precitada obligación deberá cumplirse al inicio de la relación con el respectivo agente de retención.

Las ulteriores modificaciones se informarán dentro del plazo de 5 días hábiles de producidas.


Fuente: Art. 4 RG 2854/10



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