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ID 5080442
¿Cómo tomo conocimiento de la procedencia o denegatoria de la solicitud realizada?
27/03/2007 12:00:00 a.m.

De resultar procedente el certificado de exclusión A.F.I.P. publicará en la página "web" (http://www.afip.gov.ar/), el apellido y nombres, denominación o razón social y C.U.I.T. del solicitante, así como el lapso durante el cual tendrá efecto. El beneficiario podrá imprimir, mediante la utilización de su equipamiento informático, el respectivo "Certificado de Exclusión".

Los solicitantes podrán optar por tomar conocimiento de la denegatoria de la exclusión solicitada y de sus fundamentos, ingresando mediante el servicio de "Clave Fiscal" en la página "web" (http://www.afip.gov.ar) y seleccionar la opción denominada "Notificación de la denegatoria".

Si el responsable no ejerciera la mencionada opción, será oportunamente notificado mediante alguno de los procedimientos normados en el Art. 100 de la Ley 11.683, pudiendo incluso el interesado concurrir a la respectiva dependencia a dicho fin.


Fuente: Art. 16 y 17 RG 2226/07



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