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ID 556123
¿Cuándo es aplicable el régimen de retención?
27/10/2005 12:00:00 a.m.

Cuando se efectúen pagos de dividendos o, en su caso, distribuyan utilidades, en dinero o en especie, que superen las ganancias determinadas en base a la aplicación de las normas generales de la ley del impuesto a las ganancias, acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de dicho pago o distribución.


Fuente: Art. 69.1 Ley Nº 20628



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