AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 5888432
¿Se pueden compensar las autorretenciones del impuesto a las ganancias con un saldo a favor de libre disponibilidad?
17/08/2007 12:00:00 a.m.

Los pagos que se efectúan en concepto de autorretención en el impuesto a las ganancias revisten el carácter de pagos a cuenta y no de retenciones por lo que su cancelación puede realizarse mediante compensación con saldos a favor del contribuyente de libre disponibilidad.


Fuente: C.I.T.



Novedades