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ID 590104
¿Por cuántos períodos se otorga la exclusión y qué vigencia tiene?
01/02/2012 12:00:00 a.m.

De resultar procedente la exclusión, la misma será de carácter total, se otorgará por períodos mensuales completos y tendrá una vigencia máxima de 6 meses calendarios, contados a partir del primer día del mes inmediato siguiente a su otorgamiento. Asimismo, será válida para todos los regímenes de retención indicados en el ID 587380.

En situaciones excepcionales, esta Administración Federal, atendiendo a cuestiones de oportunidad, mérito y/o conveniencia, podrá anticipar el comienzo de dicha vigencia hasta el día inmediato siguiente a aquel en que se emita el respectivo certificado, como máximo.


Fuente: Art. 3 RG 1904/05



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