ID 6120290 ¿Los registros tienen que estar rubricados o autorizados por la Inspección de Justicia?
10/10/2007 12:00:00 a.m.
Los registros no tienen que estar rubricados o autorizados por la Inspección de Justicia, excepto que se utilice para este fin alguno de los libros autorizados por las autoridades nacionales, provinciales o municipales respectivas, y sea requisito de las mismas que estos libros se encuentren rubricados.