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ID 6544192
De tratarse de una sociedad conyugal, ¿el certificado se extiende a nombre de alguno de los dos cónyuges?
04/03/2022 07:39:04 p.m.


La solicitud la presenta cualquiera de los cónyuges pero en la misma se deben informar los datos de ambos. El certificado sale a nombre de los dos cónyuges, excepto que se trate de un bien que pertenece a una sociedad conyugal y ambos cónyuges se encuentran inscriptos en Bienes Personales, en cuyo caso, corresponde que cada uno de ellos solicite el certificado de no retención, en función a su porcentaje de titularidad.

 


Fuente: CIT AFIP



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