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ID 7061774
¿Cómo se debe proceder en aquellos casos en que la inmobiliaria confirma la transferencia y luego la operación no se realiza?
24/02/2022 03:30:17 p.m.


Los escribanos deben informar dentro de los 15 días corridos desde la celebración de la escritura traslativa de dominio, la fecha, el numero de escritura y monto o, en su defecto, la cancelación de la operación , en cuyo caso el plazo deberá contarse a partir de acaecido este hecho.

 


Fuente: Art. 15 RG 2371/07



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