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ID 707658
¿Cómo se computan los plazos procedimentales?
16/02/2006 12:00:00 a.m.

Para todos los términos establecidos en días en la Ley 11.683 se computarán únicamente los días hábiles administrativos. Cuando un trámite administrativo se relacione con actuaciones ante Organismos judiciales o el Tribunal Fiscal de la Nación, se considerarán hábiles los días que sean tales para éstos.

Para todos los términos establecidos en las normas que rijan los gravámenes a los cuales es aplicable la mencionada ley, se computarán únicamente los días hábiles administrativos, salvo que de ellas surja lo contrario o así corresponda en el caso.


Fuente: Art. 4 Ley 11.683 y Art. 1 RG 1162/67



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