AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 723750
¿Cómo se formaliza el cumplimiento de la obligación?
05/12/2023 11:43:55 a.m.



La
obligación
se
formaliza

mediante la transferencia electrónica de datos -via web-, a cuyo
efecto los síndicos y liquidadores deberán contar con
clave
fiscal
.
Para
conocer cómo
obtener
la clave fiscal, ingresar aquí.


Con
carácter previo a efectuar la transferencia del primer requerimiento
por el presente régimen, y por única vez, deberán adherir al
Servicio "Síndicos. F.735 (Nuevo Modelo)".


Para
efectuar la transferencia los citados funcionarios deberán:


a)
Acceder
con
clave fiscal
,
al
sitio web
:
http://auth.afip.go
b.ar/contribuyente


b)
Ingresar al Servicio "Síndicos F.735 - Requerimiento de Deuda.
RG 1975/05”.


c)
Completar la totalidad de los datos requeridos por el sistema.


d)
Confirmar (grabar) los datos ingresados.









e)
Imprimir el formulario de declaración jurada Nº 735 (Nuevo Modelo),
el cual tendrá el carácter de acuse de recibo por parte de
la
AFIP
.

 


Fuente: Art. 2, Resolución General N.º 1975/05



Novedades