21/04/2008 12:00:00 a.m.
Objetivos: Con el objeto de ayudar al equipamiento de las Pymes, logrando así una mejora en el proceso productivo de las mismas, con vistas a mejorar sus instalaciones para obtener un proceso más eficiente, se posibilita el ingreso del Impuesto al Valor Agregado que grava a las importaciones definitivas de determinados Bienes de Capital, mediante la utilización opcional de un plan de facilidades de pago..
Sujetos Beneficiados: Las pequeñas y medianas empresas(PyMES) inscriptas en el padrón de PyMES exportadoras, creados por la resolución 154/2003 de la SEPyMeDR (Secretaría de la pequeña y mediana empresa y desarrollo regional.) que sean importadoras de los bienes de capital comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR consignadas en el Anexo II de la RG 1484/2003 AFIP.
Efectos: Las empresas beneficiadas podrán solicitar la aplicación de este beneficio si el importe en pesos del Impuesto al Valor Agregado, surge de un valor FOB mínimo de U$S 1.000.- o su equivalente en otra moneda.
El plan de facilidades de pago consistirá en cinco cuotas que vencerán a partir de la fecha de registro de la correspondiente destinación. Las cuotas serán iguales, mensuales y consecutivas
La falta de pago total o parcial producirá la caducidad del plan y la baja del Padrón de PyMES de SEPyMES.
Requisitos:
Los bienes de capital comprendidos en este beneficio deben:
1- Revestir el carácter de bienes de uso para el importador.
2- Que el bien sea utilizado en procesos productivos.
3- Que no estén sujetos a otros beneficios particulares respecto del Impuesto al Valor Agregado.