ID 8148462 Un contribuyente inscripto en el Impuesto a las Ganancias entrega en locación un inmueble urbano con destino exclusivo a casahabitación de una persona física. Atento a que no existe obligación para dicho locatario de actuar como agente de retención de acuerdo a lo establecido en la RG 830/00, le corresponde al locador efectuar una autorretención?
20/10/2008 12:00:00 a.m.
El sujeto pagador de la renta no está incluido entre los sujetos obligados a practicar la retención establecidos en la RG 830/00 y no constituye ninguna de las causales contempladas en el art. 37 de la mencionada Resolución General para obligar al beneficiario de la renta a la autorretención.
Por lo tanto, no procede que el locador ingrese un importe equivalente a las sumas no retenidas por la circunstancia expuesta.