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ID 845357
Las retenciones del impuesto a las ganancias, ¿deben ser realizadas a la U.T.E. o a cada uno de sus integrantes?
08/11/2005 12:00:00 a.m.

La retención deberá practicarse individualmente a cada integrante de la UTE.

En tal sentido, debe entregársele al agente de retención una nota suscripta por todos los miembros de la UTE, en donde se indique por cada uno de ellos los siguientes datos:

-Apellido y Nombre.

-Domicilio Fiscal. -C.U.I.T.

-Proporción de la renta que le corresponde.

-Condición en el Impuesto a las Ganancias.

Al practicarse la retención por cada integrante en función de la proporción, el monto a retener dependerá de la condición que cada uno de ellos revista frente al impuesto a las ganancias (inscripto o no inscripto). Cada integrante de la UTE incorporará en su Declaración Jurada el resultado impositivo que le corresponda, de acuerdo a su participación en la misma


Fuente: Art. 8 RG 830/00 y Nota Aclaratoria 8.1 Anexo I RG 830/00



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