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ID 8541918
¿Cuál es la vigencia del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta?
06/02/2020 12:00:00 a.m.

El Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta no será aplicable para los ejercicios que se inicien a partir del 1/1/2019.

Adicionalmente, para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas la exclusión operará para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01/01/2017.

A los fines de gozar de la exclusión indicada, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas deberán encontrarse inscriptas en el REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES creado por la Resolución N° 38-E/2017 (SEPyME) y tener vigente el correspondiente Certificado MiPyME.


Fuente: Art. 76 Ley Nº 27.260 y Art. 5 Ley Nº 27. 264



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