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ID 862593
¿En qué situaciones no se aplica el incremento de la deducción especial para rentas de cuarta categoría?
14/03/2006 12:00:00 a.m.

El incremento de la deducción especial no será de aplicación cuando se trate de jubilaciones y pensiones originadas en regímenes previsionales especiales que, en función del cargo desempeñado por el beneficiario, concedan un tratamiento diferencial del haber previsional, de la movilidad de las prestaciones, así como de la edad y cantidad de años de servicio para obtener el beneficio jubilatorio. No se consideran dentro de esta definición a los regímenes diferenciales dispuestos en virtud de actividades penosas o insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuros y a los regímenes correspondientes a las actividades docentes, científicas y tecnológicas y de retiro de las fuerzas armadas y de seguridad.


Fuente: Art. 1° Ley Nº 25.987



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