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ID 9701208
¿Cómo se formaliza la solicitud de registración de operaciones de compraventa de granos?
10/07/2018 12:00:00 a.m.

Para solicitar la registración se deberá cumplir con el procedimiento que se indica a continuación:

a) Contratos de compraventa de granos que correspondan a operaciones primarias, es decir aquellos en los cuales el vendedor reviste la condición de productor agrícola de los granos comercializados:

1. Contratos escritos:

1.1. Ingresar al servicio con clave fiscal "Registro Fiscal de Operadores de Granos ¿ Registración de operaciones" opción "Registración de Contratos" o "Registración de Ofertas de Entregas".

1.2. Cuando se hayan confeccionado "Liquidaciones Primarias de Granos", vinculadas al aludido contrato, el solicitante deberá ingresar al servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos ¿ Registración de operaciones", opción "Registración de Operaciones LPG".

2. Cuando las "Liquidaciones Primarias de Granos" correspondientes a operaciones por las cuales no se haya celebrado un contrato por escrito, se observará el procedimiento indicado en el punto 1.2.

3. Contratos otorgados con firma digital:

3.1. Confeccionar el formulario de declaración jurada F. 8081 Versión 100 Contrato Compraventa de Granos o el formulario de declaración jurada F. 8082 Versión 100 Contrato Oferta de Entrega de Granos y firmarlo digitalmente por cada una de las partes intervinientes y/o sus representantes autorizados.

A tales fines se deberá contar con el "Certificado Digital" emitido por la Autoridad Certificante de la AFIP aprobado y aceptado conforme a lo previsto por la RG 2651/19.

Las autorizaciones que otorgue a sus representantes el contribuyente, deberán formalizarse electrónicamente de acuerdo con lo dispuesto en la RG 3380/12.

3.2. Efectuar la transferencia electrónica del formulario de declaración jurada F. 8081 Versión 100 Contrato Compraventa de Granos o el formulario de declaración jurada F. 8082 Versión 100 Contrato Oferta de Entrega de Granos.

A tal efecto se utilizará el servicio "Presentación Contratos y Ofertas de Entrega de Compraventa con Firma Digital".

3.3. Ingresar al servicio "Registro Fiscal de Operadores de Granos ¿ Registración de operaciones" e informar en la opción "Registración de Contratos/Ofertas de Entrega con Firma Digital".

3.4. Luego de confeccionar las "Liquidaciones Primarias de Granos" vinculadas al contrato con firma digital, se deberá observar el procedimiento indicado en el punto 1.2.

Cuando se trate de contratos instrumentados digitalmente ante las Bolsas de Cereales autorizadas por el Poder Ejecutivo Nacional para actuar en el comercio de granos, el responsable podrá cumplir con el procedimiento que se establece en el punto 3., o proceder de acuerdo con lo normado en el Artículo 1° de la RG 2612/09.

b) Contratos de compraventa de granos que no correspondan a operaciones primarias, es decir aquellos en los cuales el vendedor no reviste la condición de productor agrícola de los granos comercializados:

1. Contratos escritos: Se observará el procedimiento dispuesto en el punto 1.1 del inciso a). Posteriormente, se deberá presentar original y copia del respectivo contrato y acuse de recibo de la solicitud de registración correspondiente, ante la dependencia consignada, excepto que se trate de los casos previstos por los puntos 2. y 3. del presente inciso.

2. Contratos escritos con aceptación "on line" de las partes:

2.1. Complementariamente a lo dispuesto en el punto 1.1. del inciso a), el solicitante de la registración deberá remitir electrónicamente una copia del contrato en formato ".pdf". En caso que dicha transacción sea admitida se emitirá una "Constancia de Registración de Operación de Compraventa de Granos en Proceso de Aceptación por las Partes".

2.2. Los demás operadores intervinientes, deberán ingresar al servicio con clave fiscal, en la opción "Aceptación de Registración de Contratos On Line" o "Aceptación de Registración de Oferta de Entrega On Line", según corresponda.

El sistema exhibirá aquellas solicitudes en las cuales sean parte de las operaciones involucradas, debiendo proceder a aceptar o no la registración del contrato.

Esta aceptación deberá ser efectuada por la parte compradora -si no hubiera sido la solicitante de la registración- y como mínimo por una de las otras partes intervinientes.

Si alguno rechazara la registración del contrato, la solicitud resultará archivada.

2.3. Efectuada la mencionada aceptación, se generará una "Constancia de Registración de Operación de Compraventa de Granos Aceptada On Line por las Partes", la que contendrá un "Código de Registración".

Dicha constancia estará a disposición del solicitante en un plazo no superior a 3 días hábiles administrativos contados a partir del inmediato siguiente, inclusive, al de aceptación de la registración solicitada.

Si transcurridos 30 días corridos desde la emisión de la "Constancia de Registración de Operación de Compraventa de Granos en Proceso de Aceptación On Line por las Partes", ninguno de los intervinientes la rechaza, se presumirá la conformidad de todas las partes y se emitirá la "Constancia de Registración de Operación de Compraventa de Granos Aceptada On Line por las Partes" correspondiente.

3. Contratos otorgados con firma digital: se deberá observar el procedimiento establecido en el punto 3. del inciso a).

Este procedimiento permitirá al solicitante efectuar su seguimiento "on line". De comprobarse errores o inconsistencias, la presentación será rechazada automáticamente por el sistema, generándose una constancia de tal situación.


Fuente: Art. 3 RG 3744/15



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