¿Cuándo puedo solicitar la constancia de valuación?

Los residentes en el exterior que realicen operaciones sin un precio determinado y desconozcan el precio de plaza del inmueble, tendrán que solicitar ellos (o su presentante) la “Constancia de Valuación” con una antelación mínima de 20 corridos antes de la celebración del acto que genere el deber de retener.


Procedimiento

Para solicitar la "Constancia de Valuación" tenés que generar una presentación a través del programa aplicativo “Transferencia de inmuebles”. Luego, presentar el archivo generado ingresando con la clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”. Una vez realizado este procedimiento, ingresá nuevamente al servicio “Transferencia de inmuebles” y para confirmar la presentación.

En un plazo de 48 horas desde el otorgamiento del número de solicitud enviaremos la respuesta de aprobación o rechazo por el mismo medio.

Recordá tener a mano los siguientes datos que serán requeridos por el sistema:

  • CUIT,
  • Formulario presentado,
  • Número verificador, y
  • Número de transacción generado en la transferencia electrónica del formulario.