Versión 44

  • Decreto 830/2021

    Se establece una base imponible máxima para la determinación e ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social, por parte de los contratantes de servicios de actividad actoral equivalente a 1,25 veces el valor de la remuneración máxima imponible para el cálculo de los aportes personales prevista en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241.

    Las modalidades de contratación habilitadas a fin de aplicar la mencionada base imponible máxima son las siguientes:

    Código Descripción

    61

    Actividad Actoral Ley 27.203- c/Obra Social

    62

    Actividad Actoral Ley 27.203- s/Obra Social


    La vigencia de la referida base imponible máxima aplica desde el 01/02/2022 al 31/01/2024.

  • Resolución Secretaría de empleo (MTESS) N° 1.183/2021

    Se establecen beneficios para talleres protegidos que cumplan con los parámetros establecidos de acuerdo a la Resolución del MTESS N° 937/2006.

    Para acceder a los beneficios, las modalidades de contrato disponibles son:

    Código Descripción

    59

    Taller Protegido de Producción Ley 26816, art. 2º punto 2

    60

    Taller Protegido Especial para el Empleo (TPEE) Ley 26816, art. 2º punto 1

    Aquellos empleadores habilitados para acceder a los beneficios, deben estar caracterizados en el Sistema Registral con alguno de los siguientes códigos:

    • 324 - TALLER PROTEGIDO ESPECIAL PARA EL EMPLEO (TPEE) o
    • 325 - TALLER PROTEGIDO DE PRODUCCION (TPP)
  • Circular 3906165/22 - SSN

    Se especifica el nuevo monto de Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO) correspondiente al Decreto 1567/74:

    Vigencia fecha desde Importe

    01/03/2022

    $ 37,21